Un cambio en la norma contable castigará el beneficio empresarial

La nueva redacción ha recuperado la necesidad de amortizar el fondo de comercio, lo que se paga de más por un activo o una empresa con respecto a su valor tangible, en un máximo de 10 años. Este fondo valora aspectos como la cartera de clientes, el nombre, la cuota de mercado, el capital humano, …establece que los inmovilizados intangibles (como las marcas, por ejemplo) son activos de vida útil definida y que cuando la vida útil de estos activos no se pueda estimar de manera fiable, se amortizarán en un plazo de 10 años. Y, para el fondo de comercio señala que “se presumirá, salvo prueba en contrario, que la vida útil es de 10 años”.

El cambio afecta a las cuentas que se rijan por el plan general contable, no a las que usen las normas internacionales de contabilidad. Eso supone un cambio radical con respecto a la situación actual, en la que las empresas debían hacer anualmente una prueba de deterioro y amortizar solo el fondo de comercio y los intangibles en caso de que este hubiera perdido su valor, pues se consideraba que su vida útil era indefinida.

Fuente: El País

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