Requisitos y derechos

Acceso al REC

Podrán ser miembros de número del REC (CGE-ICJCE) las personas acreditadas como Expertos Contables que estén inscritas en el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España o colegiadas en un Colegio de Economistas o de Titulares Mercantiles.

Podrán ser suscriptores de servicios aquellas personas físicas acreditadas como Expertos Contables que, sin estar inscritas en el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España o colegiadas en un Colegio de Economistas o de Titulares Mercantiles, paguen la cuota correspondiente.

Personas a las que se dirige

Profesionales con titulación universitaria y experiencia profesional y/o docente en materia de contabilidad e información financiera que obtengan una valoración positiva en el sistema de acreditación.

Una vez obtenida la acreditación, el Experto Contable Acreditado deberá pagar una cuota anual:

  • Economista / Titulado Mercantil / Censor Jurado de Cuentas: 25 €/año.
  • Suscriptor de servicios: Aquellos que no pertenezcan al ICJCE ni a los colegios de Economistas o Titulados Mercantiles: 75 €/año (IVA no incluido).

Una vez obtenida la acreditación, ésta es permanente mientras se cumplan los requisitos para ser miembro del REC y no se precisa efectuar renovación.